PROTECTORA, ASOCIACION DE DEFENSA AL CONSUMIDOR INFORMA:
Declaración de Lisboa sobre los Derechos del Paciente
Adoptada por la 34a Asamblea Médica Mundial, Lisboa, Portugal, Setiembre/Octubre 1981
Reconociendo que puede haber dificultades prácticas, éticas o legales, un médico debe siempre obrar de acuerdo con su conciencia y siempre por el supremo interés del paciente. La presente Declaración representa algunos derechos principales que la profesión médica procura brindar a los pacientes. Cuando la legislación o el accionar del gobierno niega esos derechos, los médicos deben procurar asegurarlos o restituirlos por los medios correspondientes.
a) El paciente tiene derecho a elegir su médico libremente.
b) El paciente tiene derecho a ser atendido por un médico que pueda emitir libremente juicios clínicos y éticos sin interferencias externas.
c) El paciente tiene derecho a aceptar o rechazar un tratamiento, después de haber recibido la información correspondiente.
d) El paciente tiene derecho a esperar que su médico respete el carácter confidencial de sus datos médicos y personales.
e) El paciente tiene derecho a morir con dignidad.
f) El paciente tiene derecho a recibir o rechazar el consuelo moral y espiritual incluso la asistencia de un sacerdote de una religión determinada.
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