Formulario de denuncia por acciones, bonos, fondos comunes de inversión y fideicomisos financieros

FORMULARIO DE DENUNCIA POR ACCIONES, BONOS, FONDOS COMUNES Y FIDEICOMISOS FINACIEROS

Usted puede necesitar hacer denuncias atinentes al mercado de valores, por ejemplo: contra brokers, bancos, casas de inversión, , calificadoras de riesgo, agenclear s.a., caja de valores s.a. , las distintas bolsas de comercios, mercados de valores y a término y entidades supervisadas por C.N.V., a entidades no autorizadas y la propia C.N.V.; en diversos temas como pueden ser:

Por Mario N. Vadillo

Incumplimiento de contratos, cláusulas abusivas, mala atención, publicidad engañosa, malaadministración, manipulación del mercado, oferta pública irregular, o cualquier tipo de conducta que le sorprenda en su buena fe y comportamiento regular de la actividad búrsatil, de los distintos productos financieros como: acciones, fondos comunes de inversión, cheques de pago diferido, obligaciones negociables, fideicomisos financieros, bonos, etc.

Pasos a seguir:

1. Llame o mande una nota (saquela de reclamo genérico si desea) con constancia de recepción, a quien sea su Operador (prestador del servicio. Ej. Banco Santander. Casa Piano, Invertironline) y explíquele el problema (reclamo en 1º Instancia).
2. Si el inconveniente no fue solucionado en tiempo y forma o si la solución no es de su satisfacción, entonces comuníquese con SSN (reclamo en 2º Instancia):
Para efectuar la denuncia es importante disponer y suministrar información que cumpla (si corresponde), como mínimo con los siguientes requisitos: Nombre de la Intitución involucrada; detalles de los hechos que originan el reclamo; copia de los contratos, resumenes de cuenta, intercambio de correspondencia y otros papeles que se consideren relevantes. Aportar sus datos personales completos, para poder identificarlo y contactarlo.

» Contacto CNV:

Las denuncias pueden realizarse:

Personalmente o por Correo en: Comisión Nacional de Valores, calle 25 de Mayo 175, 6º Piso, cp.1002, Capital Federal. Horario de 10 a 15 Hs.
Por teléfono: (54-11) 4329-4777 o 4712
Por correo electrónico cnvdenuncias@cnv.gov.ar
La misión de la CNV es regular, fiscalizar y controlar a los participantes del mercado de capitales, vigilando que sus operaciones cumplan con los principios y objetivos de la Ley de Oferta Pública de Títulos Valores, de Fondos Comunes de Inversión y de Fideicomisos Financieros y del Decreto de Calificadoras de Riesgo y sus reglamentos, en base a la divulgación de información oportuna, completa y veraz; así como promover el desarrollo de un mercado organizado, integrado, eficaz y transparente en beneficio del público inversor

PROTECTORA: ASOCIACION DE DEFENSA AL CONSUMIDOR INFORMA: (FUENTE Código de Protección al Inversor, que es una inversión, y C.N.V.)

───────────────────────────────────────────────

PASO 2: DENUNCIA A FISCALIZACION, CONTROL Y DEFENSA DEL CONSUMIDOR.
Para el caso que no le se ha satisfecho su reclamo o no sea plenamente satisfactorio, porque no se la abono intereses por la demora en la devolución de su dinero, o los daños y perjuicios ocasionado por la demora o por los trastornos ocasionados Ud. deberá concurrir a formular la denuncia al Organismo Gubernamental de Defensa del Consumidor

MODELO DE DENUNCIA : x triplicado.
───────────────────────────────────────────────

Defensa del Consumidor
S               /                      D:

JUAN PEREZ, DNI Nº ……, con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de Mendoza, Telefóno Nº xxx, Email xxx@xxxxx, se presenta ante Uds., a fin de denunciar lo siguiente:
Denunciada: Empresa (RAZON SOCIAL ) , CUIT Nº XXX, con domicilio en XXX , localidad XXX; Provincia de xxx, Telefóno Nº xxx.
Hechos:
Descripción expresa del motivo de la denuncia.
Prueba:
Documental: agregar original y copia de factura, recibo o comprobante que se tenga de la operación. Por DUPLICADO
Constancia: de haber hecho el reclamo previo (si fue necesario) o el número si fue telefónico o por Internet.
Testigos: agregar nombre y domicilio de personas que acrediten, en su caso, los dichos expuestos.
Los proveedores deberán acompañar toda la documentación que obre en su poder y que resulte necesaria y suficiente para resolver la cuestión planteada (art. 53 LDC).
Petición:
Solicitar, en su caso, reintegro, restitución, cambio, o en lo que hubiera visto perjudicado;
Daño Directo, dado el Daño sufrido, los gastos que se han generado, la pérdida de tiempo en hacer efectivo este reclamo para evitar que los daños “bagatela” queden sin reparación y “en abstracto”, y hacer operativos mis derechos de consumidor , conforme lo he expresado solicito se indemnice con el máximo valor dispuesto por el art. 40 Bis. Ley 24.240.
Sanciones: por la conducta asumida por la denunciada, solicito que la misma le sea aplicada la multa prevista en el art. 47 inc. B), Ley 24.240 y/o cualquier otra sanción que correspondiere.
Firma:

────────────────

PASO 3: VIA JUDICIAL
En el caso que la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar judicialmente, sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa.
Para iniciar una Acción Judicial, requerirá un abogado que la asesore y patrocine.
Todas las acciones por defensa al consumidor gozan de gratuidad art. 53 LDC, por lo que no se abonará ninguna tasa o gasto para su inicio.
───────────────────────────────────────────────

INDEMNIZACION:
El art. 40 bis de la LDC dispone que todos los daños y perjuicios que tenga el consumidor, serán indemnizados hasta un monto de casí $ 5.300 (pesos cinco mil trecientos). En la vía administrativa, sin necesidad de ir a juicio. En el caso de ir a juicio, dicha suma se tomará a cuenta de lo que disponga como indemnización el Juez.

ARTICULO 40 bis: Daño directo. Es todo perjuicio o menoscabo al derecho del usuario o consumidor, susceptible de apreciación pecuniaria, ocasionado de manera inmediata sobre sus bienes o sobre su persona, como consecuencia de la acción u omisión del proveedor de bienes o del prestador de servicios. La autoridad de aplicación podrá determinar la existencia de daño directo al usuario o consumidor resultante de la infracción del proveedor o del prestador de servicios y obligar a éste a resarcirlo, hasta un valor máximo de CINCO (5) Canastas Básicas Total para el Hogar 3, que publica el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (INDEC).

El acto administrativo de la autoridad de aplicación será apelable por el proveedor en los términos del artículo 45 de la presente ley, y, una vez firme, respecto del daño directo que determine constituirá título ejecutivo a favor del consumidor. Las sumas que el proveedor pague al consumidor en concepto de daño directo determinado en sede administrativa serán deducibles de otras indemnizaciones que por el mismo concepto pudieren corresponderle a éste por acciones eventualmente incoadas en sede judicial.

───────────────────────────────────────────────

VN:F [1.9.17_1161]
Vota si te gusta la nota
Rating: 0.0/5 (0 votes cast)

Notas que también te pueden interesar:

  1. LAS ESTAFAS MAS COMUNES DE VACACIONES: COMO PREVENIRSE.
  2. LA LEY DE DEFESA AL CONSUMIDOR AVANZA SOBRE LOS FIDEICOMISOS INMOBILIARIOS
  3. LA LEY DE DEFENSA AL CONSUMIDOR: APLICACION SOBRE FIDEICOMISOS INMOBILIARIOS
  4. Se podrán controlar las tenencias en acciones y bonos a través de Internet
  5. La CNV reglamentó las modalidades admitidas para movimientos de fondos

Esta nota tiene 19 comentarios

  • carlos

    en una playa de estacionamiento de un supermercado me rompen ls cerradura de la cta y me roban el pasacinta estando frente la puerta de entrada y habiendo vigilancia privada (carrafour)tucuman, no se hacen cargo de los daños

    VA:F [1.9.17_1161]
    Rating: 0.0/5 (0 votes cast)
    VA:F [1.9.17_1161]
    Rating: 0 (from 0 votes)
    • PROTECTORA Asociación Defensa del Consumidor:

      Responderá tus preguntas, consultas, denuncias y cualquier duda sobre los problemas del consumidor por medio de nuestro grupo de Facebook.

      ¿Por que?, por la sencilla razón que la experiencia nos indica que los problemas siempre son comunes, y al poner las respuestas en un solo lugar se logra, maximizar los recursos humanos y ser más eficientes para resolver las inquietudes.

      Te invitamos a que participes. También podés ayudar con tus experiencias a otros.
      Solo tenés que ir a: http://www.facebook.com/groups/Grupoprotectora o encontrarnos en Facebook buscando con estas palabras claves PROTECTORA defensa consumidor

      En la actualidad todas las preguntas envíadas han sido respuestas por nuestros admnistradores y también por los miembros el grupo.

      Te esperamos

      Solo x facebook

      Invita al que quieras…

      VN:F [1.9.17_1161]
      Rating: 0.0/5 (0 votes cast)
      VN:F [1.9.17_1161]
      Rating: 0 (from 0 votes)

Deja un comentario

  

  

  

You can use these HTML tags

<a href="" title=""> <abbr title=""> <acronym title=""> <b> <blockquote cite=""> <cite> <code> <del datetime=""> <em> <i> <q cite=""> <strike> <strong>