ORDENAN A OBRA SOCIAL A CUBRIR TRATAMIENTO DE FERTILIZACION ASISTIDA

El juez Carlos Álvarez, titular del juzgado de primera instancia en lo Civil y Comercial Nº 11, en autos caratulados “B.A.A c/ O.S.D.E. s/sumarísimo”, le ordenó a la Obra Social Organización de Servicios Directos Empresarios (OSDE) que le brinde a un matrimonio asistencia completa para realizarse toas veces que sean necesarias un tratamiento de fertilización asistida.

El magistrado resaltó que las posibilidades económicas de las personas para contratar una prepaga “no debe configurar un obstáculo para obtener ciertas prestaciones que, como las que nos ocupa, por su naturaleza, es inherente a la condición humana y ajena a cualquier tipo de discriminación”.

En su resolución destacó que el proceso in Vitro se llevará a cabo a la pareja “mientras su estado de salud lo permita y lo prescriba el profesional médico que los asiste”. Se trata de un tratamiento fertilización asistida (FIV), mediante la técnica ICSI. OSDE se negó a otorgarle el tratamiento a la pareja porque sostuvo que no está alcanza en el Programa Médico Obligatorio (PMO) que debe cumplir. Pero el juez citó legislación nacional para rechazar el argumento.

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La Cámara de San Nicolás confirmó el fallo en primera instancia dictado por un tribunal de Junín, en el que insta a la obra social del Estado a solventar el 100% de un tratamiento de fertilización asistida El fallo quedó firme el pasado 9 de junio, y obliga al Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA) a que preste cobertura asistencial a un matrimonio que desea someterse a un tratamiento de fertilización in vitro por técnica ICSI en un conocido instituto médico de la Ciudad de Buenos Aires. El amparo fue iniciado el 30 de marzo por los magistrados Silvina Rinaldi y Mauro Imperatori, en nombre de la pareja damnificada. En tanto, la sentencia de primera instancia fue dictada el 23 de abril y la apeló la provincia de Buenos Aires. La Cámara Contencioso Administrativa de San Nicolás la confirmó por unanimidad el 15 de mayo. Según la sentencia del 23 de abril, se condena “al Instituto de Obra Médico Asistencial de la Provincia de Buenos Aires (IOMA), a solventar en forma integral y total los gastos que insuma el tratamiento de fertilización in vitro por técnica ICSI, en las oportunidades que fuere menester y hasta lograr el efectivo embarazo perseguido, como asimismo de todo tratamiento posterior necesario a favor de ambos accionantes, todo ello en el término y/o plazo que determinen los profesionales de la salud de la correspondiente práctica”. A este fallo favorable se suma el dictado el pasado 30 de mayo por la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario porteña, quien en segunda instancia obligó a la obra social de la Ciudad de Buenos Aires a pagarle un tratamiento de fertilización in vitro al matrimonio conformado por Marisa Liguori y Marcelo Ayuso. Todos estos fallos siguen la premisa que la salud psicofísica se ve menoscabada por la imposibilidad de procrear, tal cual lo expresa la Organización Mundial de la Salud (OMS).

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Esta nota tiene un comentario

  • karina de B. BLANCO

    Les pido a todos lo que pueden hacer esto posible que piensen en nosotros que no podemos ser padres en forma natural, que hagan algo a favor de nuestro, es de suma importancia y de emergencia para todos lo q se nos dificulta la posibilidad de embarazarnos de forma natural. POR FAVORRRRRRR

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