Santa Fe: La Justicia obliga a una prepaga a pagar el tratamiento oncológico de una paciente

cancer mama medicina prepaga carenciaVenado Tuerto.- Un fallo dictado por el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación obligó a una prepaga a hacerse cargo de los costos que demande una mastectomía y posterior tratamiento con quimioterapia y radioterapia a una paciente oncológica de 38 años de Venado Tuerto.

Se trata de Sofia, quien actualmente está llevando adelante el tratamiento luego de haber reclamado en distintos estamentos como la Superintendencia de Servicios de Salud o la Liga de Defensa del Consumidor. Fue la Justicia quien le dio la razón luego de que presentara un recurso de amparo en enero pasado.

12/04/2010 Fuente: La Capital

En abril del año pasado, Sofía, contrató una prepaga en Venado Tuerto. Ocho meses más tarde se realiza un chequeo médico de rigor y allí se detecta la posibilidad de que tenga un tumor en una mama. Finalmente se corrobora esa situación y la mujer de 38 años comienza a tratar su enfermedad aunque no fue tan fácil porque en el medio hubo trabas burocráticas.

La prepaga sostenía que para poder abonarle el costoso tratamiento debía existir un período de carencia de 12 meses y Sofía llevaba apenas 8 meses de abonada al servicio de salud. Lo cierto es que con la abogada patrocinante, Valeria Pardo, comenzaron un derrotero que las llevó por distintas reparticiones. El tiempo era el principal enemigo ya que el tratamiento “había que comenzarlo cuanto antes”, dijo Pardo.

Lo cierto es que ante la negativa de la prepaga en cubrir los costos del tratamiento por no haber pasado los doce meses de carencia, se decidió acudir a la Superintendencia de Servicios de Salud y se inició un reclamo administrativo el 14 de enero de 2010 pero luego de unos días le informan a Sofía que no es competente en ese reclamo. Luego presentaron el reclamo en la Liga de Defensa del Consumidor (Lideco) y aceptaron la denuncia aunque “dijeron que el trámite demoraría un tiempo que mi clienta no tenía”, señaló Pardo.

Así fue que la letrada interpuso un recurso de amparo ante el Juzgado Civil de María Celeste Rosso en plena feria judicial, en enero de 2010. Desde Tribunales hicieron lugar al pedido y tras el receso judicial, el expediente continúo en el Juzgado Civil de la Segunda Nominación a cargo de Rosso. Tras un acuerdo entre las partes, la prepaga accedió a cubrir el tratamiento de Sofía.

Pardo explicó que “primó el derecho a la salud sobre cualquier otro derecho económico y esto lo entendió la Suprema Corte de Justicia de la Nación que hace dos años dictaminó que no existe período de carencia. No puede carecer de servicios el afiliado bajo ningún punto de vista”.

Además aclaró que “a partir de estar esclarecido los derechos y obligaciones, la obra social le brindará a Sofía todo lo que esté en el Plan Médico Obligatorio (PMO) y sin ningún tipo de restricciones”. Este es el segundo fallo en ese sentido en la Tercera Circunscripción Judicial y fue la misma magistrada quien avaló el reclamo de los pacientes.

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Esta nota tiene un comentario

  • Romina

    Hola, podrían pasarme los autos completos del fallo comentado? Me sirve muchisimo como antecedente para un caso en particular. Muchas Gracias!!

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