Dar de baja un servicio es a menudo una engorrosa tarea que, en ocasiones, puede terminar en un verdadero calvario para cualquier consumidor.
El problema es de tal magnitud que, en algunas asociaciones que defienden los derechos de los consumidores, representa una de las principales fuentes de quejas de los usuarios, especialmente en servicios de telefonía celular, Internet, televisión por cable, bancos y seguridad privada.
Es común que cuando alguien se comunica con el centro de atención al cliente de una empresa prestadora de determinado servicio, como los mencionados, para darlo de baja, sea informado de que las cancelaciones sólo pueden efectuarse en determinada fecha o con un mes o más de antelación.
No es infrecuente que, pese a cumplir con los respectivos trámites para la baja del servicio, y pese a que éste haya dejado de usarse, las facturas sigan llegando al domicilio. Y tampoco es inusual que, tiempo después, se reciba un llamado telefónico o una carta documento de un estudio jurídico intimando al antiguo consumidor por una supuesta deuda con la empresa.
Todo esto ocurre a pesar de que, desde hace algo más de dos años, la legislación de defensa del consumidor obliga a las empresas a aceptar la cancelación de sus servicios del mismo modo en que se realizó el contrato y a enviar, sin cargo, una constancia al usuario. Así, cuando la contratación de un servicio haya sido efectuada de manera telefónica, electrónica o similar, aquélla podrá ser rescindida, a elección del consumidor, mediante el mismo medio empleado en la contratación. Además, la empresa está obligada a enviar, dentro de las 72 horas hábiles de producida la solicitud de baja del servicio, una constancia fehaciente del pedido de cancelación. El incumplimiento de estas normativas, de acuerdo con la ley de defensa del consumidor, permite multar a las empresas por hasta cinco millones de pesos.
Algunas empresas prestadoras de servicios esgrimen que no se puede cancelar una prestación mientras el cliente tenga una deuda. Sin embargo, existe jurisprudencia que indica que si un usuario tiene una deuda, puede dar de baja el servicio igualmente y pagar lo que debe posteriormente.
Un tema aparte son algunos servicios que alguien recibe, pese a que nunca solicitó y por los cuales se le empieza a facturar. Es el caso de algunos bancos y entidades financieras que ofrecen paquetes promocionales con tarjetas de crédito sin costo, por las cuales, sin embargo, habitualmente el cliente es sorprendido con cargos inesperados que le son facturados. Dar de baja esos servicios, a veces, también puede convertirse en una odisea.
La legislación en defensa del consumidor es muy clara en todas las situaciones citadas, al tiempo que numerosas asociaciones de usuarios y organismos públicos, incluidos los CGP en la ciudad de Buenos Aires, se encuentran en condiciones de asesorar y de ayudar a quienes sufren contingencias como las comentadas. El problema es muchas veces el desconocimiento por parte del público y las enormes pérdidas de tiempo, una cuestión de la que en ocasiones buscan sacar provecho los inescrupulosos.
Es menester que estos inconvenientes se vean cada vez más reducidos a su mínima expresión, de la mano de una mayor educación del consumidor y de un efectivo control por parte de las autoridades.
05/05/2010 Fuente: Diario La Nación

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hola buenas tardes mi pregunta es como podre hacer para darle de baja a 1 linea de telefonia celular de personal que no la uso y me siguen cobrando ya que atencion al cliente de la mencionada empresa nunca esta disponible acusa que todos sus representantes se encuentran ocupados es imposible COMUNICARSE desde ya muchas gracias saluda atte luis omar millicay 20326204
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Hola como estan tengo que hacerles una consulta hace mas de 2 meses que quiero dar de baja el celular (tengo personal) varias veces llame y me comunique con ellos y me dieron numero de referencia de baja y como tal no fue efetuada su validez. Me gustaria saber como debo actuar en el aspecto legal con ellos porque me siguen cobrando el plan que tenia anteriormente.
Muchas gracias y espero su respuesta
Atte. Emmanuel Hernan Anastasio.
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