ASPECTOS A TENER EN CUENTA EN EL MOMENTO DE ADQUIRIR UN PASAJE AÉREO
De acuerdo al monto de la tarifa se imponen ciertas limitaciones sobre la utilización del pasaje, por ejemplo: no reembolsable, no transferible, restricciones sobre cambios de reserva o de rutas, imposición de estadías máximas y mínimas, restricciones a la devolución del importe abonado en casos de cancelación del contrato o no presentación, periodos de validez limitados, etc.
Le damos la información que debe saber:
Existen cargos (como porcentaje o monto fijo), para poder acceder a todas o alguna de las alternativas señaladas.
Las tarifas denominadas “PROMOCIONALES” son las que mayores restricciones poseen.
Las condiciones y/o restricciones suelen estar indicadas en el ángulo superior izquierdo del billete de pasaje, generalmente endidioma inglés.
BILLETE DE PASAJE

El pasajero deberá conservar el billete de pasaje, no tiene derecho a ser transportado en vuelo si no posee el mismo.
- El billete de pasaje es válido por un año desde la fecha de emisión.
- El precio de los pasajes de los servicios de jurisdicción nacional que hayan sido adquiridos con anterioridad a la fecha para la que fueron expedidos, será mantenido, si está consignado en ellos la fecha de realización del viaje.
CANCELACIÓN, DEMORA Y DENEGACIÓN DE EMBARQUE

Si el transportador “cancela” o demora un vuelo por más de “4 hs”., o “deniega” elembarque porque no puede proporcionar espacio previamente confirmado – “overbooking o sobreventa” – el pasajero tiene derecho a:
Su inclusión en el vuelo inmediato posterior; endoso de su contrato de tranporte a otra empresa aérea, cuando sea aceptado por el pasajero; ser reencaminado por otra ruta hacia el destino indicado en
el contrato, por los servicios del transportador o por otro u otros medios de transporte; compensación por embarque denegado conforme a las regulaciones del tranportador; a la devolución del valor del pasaje no utilizado conforme a las modalidades de pago;
- Así mismo el transportador, deberá facilitar los siguientes servicios adicionales a los pasajeros: comunicaciones telefónicas; comidas y refrigerios de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto;
Nota: estos beneficios no alcanzan al transporte gratuito o al de tarifas con valor inferior al 50% a las aplicables.
INFORMACIÓN
La empresa aérea tiene la obligación de informar al pasajero en el momento de solicitar la reserva o adquirir el pasaje :
* Las distintas tarifas disponibles y sus condiciones y si se trata de un vuelo con o sin escalas, o con cambio de aeronave, o mediante conexiones.
* Cuando se trata de vuelos con duración superior a 1:30 hs., si en el mismo se brinda o no servicios de comida.
CONFIRMACIÓN DE RESERVAS
Se recomienda hacerlo antes de las 72 hs. de reiniciar el viaje o comenzar el regreso al punto de inicio del mismo.
EQUIPAJE
El pasajero puede transportar equipaje libre de cargo, lo usual en vuelos de cabotaje es de 15kg. y en los internacionales 20/30 kg., según la empresa y la clase en que se viaje.
- El transportador emitirá al solo efecto de su identificación un talón de equipaje en el que consignará el peso del mismo.
- Además del equipaje con franquicia, cada pasajero puede transportar sin cargo adicional y bajo su custodia personal, los artículos indispensables para su comodidad durante el viaje, debiendo poder ubicarse bajo el asiento frente al pasajero.
- En caso de retraso en la entrega del equipaje, el transportador deberá efectuar la entrega sin cargo al pasajero en el lugar que a tal efecto éste determine.
- El pasajero abonará un cargo por el transporte de equipaje en exceso de la franquicia libre de acuerdo a las regulaciones del transportador.
- El pasajero deberá conservar el control de equipaje hasta tanto finalice el plazo para efectuar los posibles reclamos.
- En caso de daño en el equipaje, el pasajero debe efectuar su reclamo al transportador dentro de los tres días a contar desde la fecha de entrega del mismo en caso de transporte de cabotaje y de siete días para el caso del transporte internacional.
- En caso de pérdida, destrucción o retraso del equipaje, el reclamo deberá ser efectuado dentro de los diez o veintiún días siguientes a la fecha en que el equipaje debió ser puesto a disposición del destinatario, según se trate de transporte de cabotaje o internacional.
La empresa responde por cada kilo de equipaje a transportar, de acuerdo a las siguientes limitaciones:
a) Aplicable al transporte interno:
En el transporte de equipaje registrado la responsabilidad del transportador en la mayoría de los casos, puede quedar limitada hasta la suma de DOS ARGENTINOS ORO (*) por kilogramo de peso bruto, salvo previa declaración de especial interés mediante pago de un cargo, en cuyo caso está obligada a pagar la cantidad declarada, salvo que pruebe que es menor el valor de lo transportado.
En lo que respecta a los objetos cuya guarda conserva el pasajero, la responsabilidad del transportador, en la mayoría de los casos puede quedar limitada a la suma de CUARENTA ARGENTINOS ORO por pasajero.
(*) ARGENTINO ORO: La cotización del ARGENTINO ORO es suministrada por el BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA (http://www.bcra.gov.ar).
b) Aplicable al transporte internacional
La responsabilidad del transportador aéreo en los casos de transporte internacional, se regirá por el texto específicamente aplicable al caso que corresponda (vgr. Convenio de Varsovia de 1929, Protocolo de la Haya de 1955, Protocolos de Montreal de 1975, etc.), pudiendo en la mayoría de los casos quedar limitada a las sumas máximas establecidas en el respectivo texto internacional aplicable.
PRESENTACIÓN PARA EMBARCAR
El pasajero deberá hacerse presente en las oficinas de despacho del transportador en el aeropuerto de partida el día previsto y a la hora indicada, conforme lo indicado por el transportador.
- Se recomienda hacerlo con 1 o 2 hs. de anticipación a la hora prevista de salida del vuelo, según se trate de vuelos de cabotaje o internacionales.
- El pasajero deberá presentar todos los documentos de entrada y salida, sanitarios, y otros requeridos por las leyes, regulaciones, disposiciones, exigencias o requisitos de los países desde y hacia los cuales se volará.
- En caso de viajar con menores de edad en vuelos internacionales, deberá además contar con:
a) En el supuesto de que los menores viajen acompañados de ambos padres, con libreta de matrimonio o partida de nacimiento del menor y documentos de identidad o pasaporte según corresponda a cada uno de ellos.
b) Cuando el menor viaja acompañado por uno de sus padres, con la autorización de salida del otro otorgada por escribano público y los demás documentos ya señalados.
c) Cuando el menor viaja sin ninguno de sus dos padres, con autorización de salida de ambos progenitores otorgada por ante escribano público más la documentación referida.
FALTA DE PASAJERO A EMBARCAR
Cuando un pasajero no utilice el espacio con reserva confirmada, el transportador podrá aplicar un cargo de acuerdo con sus regulaciones. Este cargo se aplicará cuando el pasajero solicite la cancelación del contrato y su reintegro, o cuando solicite la cancelación o modificación de su reserva confirmada con una antelación menor a 24 horas previa salida programada del vuelo.
CARGOS POR CANCELACIÓN DEL CONTRATO DE TRANSPORTE
Cuando el pasajero decide cancelar el contrato, el transportador reintegrará la tarifa pagada por el viaje no realizado sujeto a los siguientes cargos:
- hasta el 10 % si se solicita la cancelación con una antelación de más de 24 horas antes de la fijada para la partida del vuelo.
- hasta el 20% si se solicita la cancelación con una antelación menor a las 24 horas antes de la fijada para la partida del vuelo, aún cuando el pasaje haya sido adquirido dentro de ese lapso.
Estos cargos rigen salvo que las condiciones particulares para cada tarifa pactada establezcan lo contrario.
BILLETE DE PASAJE – CONDUCTA DEL PASAJERO A BORDO

El pasajero deberá observar a bordo una conducta adecuada a fin de evitar poner en peligro la aeronave o a cualquier persona o propiedad a bordo, pudiendo el transportador, en caso contrario, adoptar las medidas que estime necesarias para impedir que ese comportamiento continúe.
Deberá consultar el uso de aparatos electrónicos y efectos personales a subir al avión.
LISTA DE ESPERA

La empresa aérea deberá establecer listas de espera en los aeropuertos para atender a los pasajeros que no tengan reservas confirmadas. -
La prioridad para el embarque estará determinada por las condiciones de las tarifas y las regulaciones del transportador. (éstas son las normas publicadas por el transportador y vigentes a la fecha de emisión del billete, que rigen el transporte de pasajeros y equipajes, incluídas las tarifas y los cargos aplicables en vigor y emitidas de acuerdo con la legislación).
TRANSPORTE DE ANIMALES

Los animales domésticos podrán ser transportados previo acuerdo con el transportador y sujeto a sus regulaciones.
- El animal aceptado como equipaje, incluyendo su contenedor y comida, se considerará como exceso de equipaje debiendo el pasajero abonar los cargos correspondientes.
- Los perros guías que acompañen a pasajeros con visión o audición disminuida y/o físicamente impedidos serán transportados con sus contenedores y alimentos libres de cargo, pudiendo ser transportados en vuelos de cabotaje en la cabina sin ocupar asiento, equipados con bozal y aparejos adecuados.
CANCELACIÓN DE VUELOS AÉREOS A CAUSA DE NUBE DE CENIZAS VOLCÁNICA
- Que ante la persistencia de la nube de cenizas volcánicas que impide el normal desenvolvimiento del tráfico aéreo, por lo que se han producido y se seguirán produciendo cancelaciones de vuelos.
Ante la cantidad importante de denuncias y quejas por los malos tratos, desinformación y abandono que nos llegado por parte de los pasajeros, se ha elaborado una serie de consejos para que puedan hacer valer sus derechos.
La Aerolínea debe informarle cuales son los derechos que le asisten como pasajero:
No indemnización: En primer término se debe tener presente que al cancelar su vuelo la aerolíneas lo hace por un problema meteorológico que es una causal de fuerza mayor dispuesta por la autoridad aeropuertaria. No da derecho al pasajero a indemnización de alguna clase.
Cancelación del vuelo y denegación de embarque: informado la cancelación del vuelo, el pasajero tiene el derecho a:
- a la inmediata devolución, si le correspondiere, del precio del pasaje de avión no utilizado y conforme a las modalidades de pago efectuadas. En general deberán devolverlo en forma de cash. Incluyendo cualquier suplementos, recargos y tasas pagadas.
- su inclusión obligatoria en el vuelo inmediato posterior de la misma aerolínea para su destino, o
- al endoso de su pasaje de avión, incluyendo conexiones con espacio confirmado, cuando sea aceptable para el pasajero, o
- a ser reencaminado por otra ruta hacia el destino indicado en el contrato, por los servicios de la aerolínea o en los servicios de otra aerolínea, o por otro medio de transporte, en estos últimos casos sujeto a disponibilidad de espacio.
Teléfono, Comida, Hotel y Transfers PAGOS: Asimismo, la aerolínea proporcionará al pasajero, sin cargo para el mismo, los siguientes servicios incidentales:
- comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino y comunicaciones locales.
- comidas y refrigerios de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo.
- alojamiento en hotel, en el aeropuerto o en la ciudad, cuando la demora de un vuelo exceda las CUATRO (4) horas.
- transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto. (transfers)
Si la aerolínea rechaza o no entrega un voucher o dinero en efectivo, el pasajero deberá pagarlo con su dinero y conservar las facturas para, luego, reclamar el reintegro total de lo que se haya gastado.
Paquete Turístico: si el pasaje de avión fue adquirido como parte de un paquete turístico, el mismo proceder deberá llevarse a cabo pero, en esta ocasión, con la agencia de viajes a la que se le haya comprado el viaje.
Normalización de los vuelos: superada la contingencia meteorológica (nube de ceniza) la aerolínea debe disponer inmediatamente la salida del pasajero, no superando las cuatro (4) horas para asegurar su embarque. Lo contrario es un incumplimiento contractual injustificado que lo convierte en responsable de los daños resultantes del retraso en el transporte de pasajeros, equipajes o mercancías. (art. 141 del Código Aeronáutico).
Daño Moral: Queda justificado que incluso el pasajero reclame hasta daño moral causado por quedar varado por la negligencia de la aerolínea.(entidad del retraso, tipo de viaje, trastornos concretos que se ocasionó al viajero, atención prestada por la compañía aérea, cantidad reclamada en la demanda, etc.)
Notas Relacionadas:
Formulario de reclamo por servicio turistico
Sepa que reclamar por pérdida o rotura de equipaje
Fuente y Consulta:
Se deberá proveer al pasajero adecuada información sobre los puntos detallados anteriormente en cumplimiento con el Art. 4 del Contrato de Transporte Aéreo (Resolución 1532/98).
Resolución S.E.T.O.P. Nº 53/76.
Este texto es síntesis del Contrato de Transporte Aéro (Resolución 1532/98).
http://www.transporte.gov.ar/aero/direcc.html
Leer el texto completo del Contrato de Transporte Aéreo en Infoleg
Por Mario N. Vadillo

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Es la primera vez que compro por Despegar, y lamentablemente no había leído las referencias de la agencia con anterioridad. Ya que después de tener la experiencia que les relato comencé a investigar un poco la Web y me encontré que muchísimos usuarios han sido estafados por esta agencia de viajes.
A mí me duplicaron el consumo de los pasajes aéreos.
Cuando vi el consumo duplicado en mi tarjeta llamé a la agencia y hablé con Luisa Pereyra, quien me comunicó que efectivamente, habían cometido un error y que iban a enviar el reclamo al área de calidad y que se contactarían conmigo.
Nadia Ferraro, del área de calidad, me envió un mail al día siguiente pidiéndome que le envíe el resumen de la tarjeta para poder corroborar lo que yo decía. Inmediatamente se lo envié y admitieron el error pero me dijeron que demorarían en devolverme el dinero entre 30 a 100 días!!! Más de 3 meses? Despegar te exige que en 24 hs efectúes el pago de la reserva porque si no se cae, y ellos no se hacen responsables de sus errores, cometiendo abusos de este estilo todos los días, en todos los países que trabajan.
Hasta el momento actué con cautela porque entiendo que un error lo puede tener cualquier ser humano. Yo misma he cometido errores, pero traté de solucionar el inconveniente lo antes posible para no afectar a las partes involucradas.
Ahora bien, que Despegar admita su error y que me diga que pueden tardar más de 3 meses en solucionarlo me parece un abuso departe de la agencia y un acto total de irresponsabilidad, el cual no estoy dispuesta a aceptar.
Si ellos exigen que la reserva realizada sea abonada en 24 hs sino se pierde, yo les exigí que me devuelvan mi dinero lo antes posible sino serán demandados, ya que es evidente que la agencia Despegar es responsable por el perjuicio sufrido en virtud de lo establecido por la Ley de Defensa del Consumidor, donde el consumidor tiene derecho a la protección de sus intereses económicos.
PROTECTORA Asociación Defensa del Consumidor:
Te informa
Responderá tus preguntas, consultas, denuncias y cualquier duda sobre los problemas del consumidor por medio de nuestro grupo de Facebook.
¿Por que?, por la sencilla razón que la experiencia nos indica que los problemas siempre son comunes, y al poner las respuestas en un solo lugar se logra, maximizar los recursos humanos y ser más eficientes para resolver las inquietudes.
Te invitamos a que participes. También podés ayudar con tus experiencias a otros.
Solo tenés que ir a: http://www.facebook.com/groups/Grupoprotectora o encontrarnos en Facebook buscando con estas palabras claves PROTECTORA – Asociación Defensa del Consumidor.. Los esperamos..
Saludos
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