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Formulario: Notificación: Entrega de llaves y Restitución del depósito en garantía del contrato de locación

Cada día es más frecuente, que las inmobiliarias o ciertos propietarios cuando se da por terminada la locación o alquiler, comiencen a requerir de los inquilinos pagos indebidos de impuestos y/o servicios; pago de reparaciones que no corresponden al inquilino, u otras obligaciones ilegales.. para lo cual se niegan a recibir el inmuebles (recepción de llaves) y firmar el recibo del mismo.

Cuando esto ocurre, el inquilino debe proceder ha intimar legalmente, a recibir el inmueble, bajo apercibimiento de consignar las llaves y también a devolver el depósito en garantía.

Para lo mismo le brindamos las dos hipótesis, que se pueden usar separados o también en conjunto

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Cuando finaliza el contrato, el LOCATARIO (inquilino) y Locador (propietario) deben cumplir con sus obligaciones a su cargo que son las siguientes para dar por terminado el contrato, esto es lo que Ud. debe saber:

Requisitos: para solicitar la recepción de las llaves del inmueble locado (alquilado), debe haber cumplimentado las obligaciones a su cargo en el contrato, en especial

Obligaciones del Locatario – Inquilino:

  • Pago de alquileres (recibo)
  •  Servicios y tasas a su cargo, expensas (libre deuda o recibos oficiales)
  • Desocupación: entregar la vivienda totalmente libre de ocupantes
  • Conservación: entregar la vivienda en las mismas condiciones que la recibió. Habiendo ejecutado las reparaciones que hayan surgido por daños causados por su culpa y no por el deterioro natural de la vivienda, y cualquier otro cargo que figure en el contrato.
  • Si el inmueble locado está a la venta, y la misma se lleva a cabo, el inquilino tiene el derecho de permanecer habitandolo hasta la finalización del contrato. El nuevo propietario debe respetar el contrato.

En caso de incumplimiento por parte del locador (propietario) de recibir las llaves, no obstante que el locatario (inquilino) ha cumplido fielmente todo el contrato, el mismo se podrá liberar de su responsabilidad, desocupando el inmueble y poner las llaves a disposición del locador (propietario), mediante una consignación extrajudicial en una escribanía o mediante una consignación judicial.

 

Obligaciones del Locador – Propietario:

  • Extender el recibo por el cobro de alquileres, de las llaves y liberar de cualquier obligación al locatario (inquilino).
  • Esta obligado en el momento de la terminación del contrato de locación, ha devolver el depósito en garantía reajustado.
  • Debe registrar el contrato en AFIP, caso contrario puede hacerlo el inquilino.
  • Debe pagar las mejoras necesarias realizadas por el inquilino.

En caso de incumplimiento por parte del locatario (inquilino) de entregar la propiedad y cumplir las obligaciones a su cargo;  la no entrega de las llaves,  permite al locador (propietario) iniciar juicio de desalojo y cobro de alquileres contra el locatario (inquilinos) y  garantes.

 

Modelo de Notificación ENTREGA DE LLAVES:

Concurra a las oficinas del Correo Argentino, con su documento de identidad, solicite los formularios de carta documento; o utilice el correo electrónico denunciado en el contrato como domicilio especial/electrónico. Escriba el modelo dado a continuación:

Sr. XXXXXX (nombre completo del propietario como figura en el contrato de locación)

Domicilio Legal (dirección que figura en el contrato de locación)

JUAN PEREZ, DNI Nº ……, actualmente arrendatario (inquilino) del inmueble de su propiedad, con domicilio en xxxx,   localidad: xxx , Provincia de xxxx, les notifica:

Dado que en reiteradas oportunidades  he querido hacer entrega del inmueble, pero  usted (locador – propietario) se ha negado a recibirlo sin motivo alguno.  Le comunico que procederé con la compañía de dos testigos a hacer entrega de las mismas en inmueble en cuestión, el día xx de xxx del corriente año, a las 10:00 hs. le notifico que en caso de manifestarse una nueva negativa de su parte consignare las mismas en escribanía o judicialmente a su entera costa.

En ningún caso el locador puede negarse a recibir las llaves del inmueble o condicionar la entrega de las llaves, sin perjuicio de la reserva por las obligaciones pendientes a cargo del inquilino.

No se adeudan alquileres a partir del día que esta notificación para que reciba las llaves del inmueble, realizando la consignación judicial dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación, o desde que se notifica el depósito judicial de la llave si la consignación se inicia después del vencimiento de los 10 días

Hago reserva de iniciar las acciones civiles y penales correspondientes en caso de no hacer lugar a este requerimiento; siendo las costas a su exclusivo cargo.

Saludo a Ud. atentamente

Firma: xxxxxxxxxxx

 

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Modelo de Recepción de inmueble locado (entrega de llaves):

 

Con fecha xx/xx/xxxx, se deja constancia que el Señor xxxxxxxxxxxx, en su carácter de locatario (inquilino),  entrega al Señor xxxxxxxxxxxx, en su caracter de locador (propietario), las llaves y tenencia del inmueble  ubicado en la calle:  xxxxxxxxxxxx, Ciudad de: xxxxxxxxxxxx, Provincia de: xxxxxxxxxxxx, por lo que dan por finalizado el contrato de locación, habiendo cumplido ambas partes las obligaciones a su cargo, y no teniendo nada más que reclamarse.

xxxxxxxxxxxx

Firma Locador

xxxxxxxxxxxx

Firma Locatario

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Modelo de notificación DEVOLUCIÓN DEPÓSITO EN GARANTÍA:


Si Ud. alquila una vivienda urbana, el que te alquila (locador – propietarios) esta obligado en el momento de la terminación del contrato de locación, ha devolver el depósito en garantía actualizado.


Requisitos:
 para solicitar la devolución, debe haber cumplimentado las obligaciones a su cargo en el contrato, pago de alquileres, servicios y tasas a su cargo, expensas por gastos habituales, reparaciones que hayan surgido por daños causados por su culpa y no por el deterioro natural de la vivienda, y cualquier otro cargo que figure en el contrato.

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Modelo de Notificación:

Concurra a las oficinas del Correo Argentino, con su documento de identidad, solicite los formularios de carta documento; o utilice el correo electrónico denunciado en el contrato como domicilio especial/electrónico. Escriba el modelo dado a continuación::

Sr. XXXXXX (nombre completo del propietario como figura en el contrato de locación)

Domicilio Legal (dirección que figura en el contrato de locación)

JUAN PEREZ, DNI Nº ……, actualmente arrendatario (inquilino) del inmueble de su propiedad, con domicilio en xxxx,   localidad: xxx , Provincia de xxxx, les notifica:

Depósito en Garantía: Conforme lo dispuesto en el Nuevo Código Civil art. 1187, 1196 2do párrafo,  1210 y ccs., habiendo terminado el contrato de locación, cumpliendo acabadamente las obligaciones dispuestas a mi cargo, haciendo entrega del inmueble locado; le requiero que en forma inmediata la devolución actualizada del depósito en garantía o fianza. Dicha suma deberá ser equivalente al valor abonado en el ultimo mes de alquiler.

En el caso de existir alguna deuda por servicios públicos domiciliarios o expensas, correspondientes al período contractual y que al momento de la entrega del inmueble no hubiese sido facturada, abonaré por dichos conceptos el proporcional de la ultima facturación o puede ud. retener dichos importes como garantía hasta la presentación de las facturas pagadas.

En caso de negativa a la restitución su accionar estaría violando el inc 2 del art 173 del código penal argentino (ESTAFA: ARTICULO 173.– Sin perjuicio de la disposición general del artículo precedente, se considerarán casos especiales de defraudación y sufrirán la pena que él establece: INC 2. El que con perjuicio de otro se negare a restituir o no restituyere a su debido tiempo, dinero, efectos o cualquier otra cosa mueble que se le haya dado en depósito, comisión, administración u otro título que produzca obligación de entregar o devolver)

Hago reserva de iniciar las acciones civiles y penales correspondientes en caso de no hacer lugar a este requerimiento, siendo a su cargo las costas.

Saludo a Ud. atentamente

Firma: xxxxxxxxxxx

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Código Civil y Comercial de la Nación

ARTICULO 1187.- Definición. Hay contrato de locación si una parte se obliga a otorgar a otra el uso y goce temporario de una cosa, a cambio del pago de un precio en dinero.

Al contrato de locación se aplica en subsidio lo dispuesto con respecto al consentimiento, precio y objeto del contrato de compraventa.

ARTICULO 1196.- Locación habitacional. Si el destino es habitacional, no puede requerirse del locatario:

a) El pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes;

b) Depósitos de garantía o exigencias asimilables, por cantidad mayor del importe equivalente al primer mes de alquiler. El depósito de garantía será devuelto mediante la entrega de una suma equivalente al precio del último mes de la locación, o la parte proporcional en caso de haberse efectuado un depósito inferior a un mes de alquiler. El reintegro deberá hacerse efectivo en el momento de la restitución del inmueble. En el caso de existir alguna deuda por servicios públicos domiciliarios o expensas, correspondientes al período contractual y que al momento de la entrega del inmueble no hubiese sido facturada, puede acordarse su pago tomando al efecto los valores del último servicio o expensas abonado, o bien el locador puede retener una suma equivalente a dichos montos como garantía de pago. En este último caso, una vez que el locatario abone las facturas remanentes, debe presentar las constancias al locador, quien debe restituir de manera inmediata las sumas retenidas;

c) El pago de valor llave o equivalentes; y

d) La firma de pagarés o cualquier otro documento que no forme parte del contrato original.

ARTICULO 1210.- Restituir la cosa. El locatario, al concluir el contrato, debe restituir al locador la cosa en el estado en que la recibió, excepto los deterioros provenientes del mero transcurso del tiempo y el uso regular.

También debe entregarle las constancias de los pagos que efectuó en razón de la relación locativa y que resulten atinentes a la cosa o a los servicios que tenga

http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/235000-239999/235975/texact.htm

 

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Por Romina Rios Agüero, Mariela Andrea Moncada, Mario Vadillo

01/07/2020 Fuente:  Protectora ADC

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